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Fallos: 347:524 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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"Excursus acerca de la muerte de una niña", en referencia a la interrupción del embarazo de L. E. R. Reseñó que en dicho apartado se expusieron numerosas consideraciones cuestionables sobre la interpretación del artículo 86 del Código Penal (según el texto de la ley 11.179, entonces vigente, con anterioridad a las reformas de la ley 27.610), y la inconstitucionalidad de las leyes y protocolos que autorizaban la interrupción voluntaria de los embarazos. Agregó que los jueces también cuestionaron la interpretación adoptada sobre el punto por esta Corte Suprema en el caso "E, A. L." (Fallos: 335:197 ), al que calificaron de "perverso". También indicó que tal apartado contenía una fotografía del pie diseccionado del feto que obraba como prueba en la causa.

El Consejo de la Magistratura calificó la inclusión de la mencionada fotografía como "cruel" y Trevictimizante". Cuestionó que se calificara a la práctica médica realizada a la menor como un "crimen aberrante", como así también que se caracterizara como "sicarios" y "asesinos a sueldo" a los médicos que participan de tales procedimientos. Del mismo modo, reprochó que los jueces calificaran al precedente "E, A. L" como "directamente perverso" y al Protocolo del Ministerio de Salud para la práctica de abortos legales como un "manual de salvajadas inhumanas". Criticó que los magistrados se hubiesen apartado de la doctrina de la citada sentencia de esta Corte Suprema y del texto del artículo 86 del Código Penal entonces vigente. Y sostuvo que en todo caso los magistrados debieron evitar efectuar juicios sobre la constitucionalidad del aborto —cuestión que no estaba en discusión en la causa penal—, limitándose a formular una denuncia mediante una simple extracción de testimonios "sin ningún tipo de calificación ni mucho menos adjetivaciones peyorativas y hasta ofensivas".

Por otro lado, el Consejo de la Magistratura consideró que el citado apartado estuvo "destinado a formular consideraciones marcadamente revictimizantes, discriminatorias y violatorias de los derechos humanos de L.E.R.", que resultaban contrarias a lo dispuesto en la ley 27.372. Señaló que la víctima del delito de abuso "se vio obligada a extender su permanencia dentro del proceso penal" para solicitar a la alzada la exclusión de las partes de la sentencia que la agraviaron, planteo que fue admitido por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que dispuso que se testara de la sentencia el mencionado apartado. Además, estimó que la madre de L. E. R. recibió un trato "vejatorio e inhumano " al ser interrogada en el juicio oral respecto de los pormenores del aborto practicado a su hija.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:524 
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