Sostuvo que se rechazó en forma arbitraria la tesis de la acusación relativa a la coautoría de W y P en el abuso y homicidio agravados de M G En esa línea, señaló que se otorgó preeminencia a un parte policial sobre la declaración en el debate de la testigo N Z que refirió que en la madrugada del día en que la víctima fue capturada escuchó que una mujer gritaba "auxilio, auxilio, déjenme, no me peguen, no me maten, auxilio" y se omitió que el oficial R G dijo que en una cámara que captó al auto utilizado en el hecho se podía ver un brazo del lado del acompañante. Se agravió también por la valoración de los testimonios de M D que manifestó que en el camino que conduce al lugar donde el cuerpo fue ocultado fue sobrepasada por un auto en el que iban dos personasy de G O -que dijo que cuando lavó el vehículo observó "la huella de una mano grande con barro en el lado del acompañante"-. Negó que la acusación de P dependiera sólo de los dichos de W y que lo involucrara conla finalidad de eximirse de su responsabilidad y vengarse de quien aportó datos para su detención. También se quejó porque se descartó infundadamente el pacto de silencio entre ambos y se conjeturó sobre el motivo por el cual W no le dijo a su pareja que había estado con P Asimismo, impugnó la valoración del estado físico, antecedentes y conocimientos en ataques sexuales de W y la conclusión de que P no estaba involucrado en el hecho basada en el resultado negativo de pruebas periciales. Señaló que el fallo dejó sin respuesta la pregunta sobre si P se estaba "autoencubriendo" o no.
Cuestionó el doble estándar probatorio y afirmó que el juzgador fue parcial, pues los criterios de ponderación variaron según a qué imputado beneficiaba o perjudicaba la prueba. Expuso que se valoraron de modo distinto las contradicciones de uno y otro imputado y que para desincriminar a P respecto del homicidio, se desacreditaron las declaraciones de N Gy S O por ser familiares de O (absuelto), quienes habían referido que la mencionada en último término recibió un mensaje entre las 3.30 y 4 de la madrugada del día del hecho que demostraba que W y P estaban juntos. Empero -se quejó la querella- los jueces no estimaron que la relación de parentesco fuera un obstáculo para valorar los testimonios de la esposa de P y de su hijo, que afirmaron que llegó a su casa a las 4.00 0 4.20 de ese día. Puso de relieve que ningún vecino confirmó la versión de P que dijo que lo habían visto arribar a esa hora.
Afirmó que el tribunal de juicio incurrió en arbitrariedad al valorar la declaración de W pues consideró que su autoincriminación era relevante para acreditar su responsabilidad, pero desechó la parte en que dijo que P intervino en el abuso sexual y posterior femicidio de la víctima.
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1950
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