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Fallos: 347:1223 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente. Notifíquese y devuélvase.

Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
Recurso extraordinario interpuesto por Horacio J. Azzolín, Fiscal de la Procuración General de la Nación, a cargo de la Fiscalía General de Bahía Blanca.

Traslado contestado por representada por el la demandada, Mutual Federada 25 de Junio representada por el Dr. Federico Somas; la actora D.N.B., con el patrocinio letrado del Dr. Fernando José Martín y por el Defensor Federal de Cámara Dr: Gabriel Darío Jarque.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Sala II.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n" 1 de Bahía Blanca.


ASTILLERO NAVAL FEDERICO CONTESSI SACIFAN
c/ AFIP — DGI s/ CoBro DE PESOS/SUMAS DE DINERO
REPETICION DE IMPUESTOS
Resulta improcedente aplicar la actualización prevista por el art. 142 de la ley 11.683 al monto de la repetición de impuestos solicitada por la actora, pues las disposiciones de las leyes 23.928 y 25.561 son de orden público y el art. 4 de la ley 25.561, al sustituir el texto de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, mantuvo vigente la prohibición de indexar que establecían dichas normas.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
REPETICION DE IMPUESTOS
Es aplicable el art. 179 de la ley 11.683 para determinar el momento a partir del cual han de computarse los intereses en favor del contribuyente que solicitó por vía judicial la repetición de impuestos, pues si bien es cierto que el citado art. 179 se inserta en el Título II de la ley 11.683 que se refiere al funcionamiento y a la competencia del Tribunal Fiscal de la Nación, no menos cierto es que su redacción regula el modo de cálculo de los intereses que se aplica a toda acción de repetición, sin dis

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1223 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1223

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