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Fallos: 347:1033 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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rebate todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que agravian al recurrente, a cuyo efecto no basta sostener un criterio interpretativo distinto del seguido por el tribunal (Voto del juez Lorenzetti).

Los jueces Rosenkrantz y Maqueda, en su voto, consideraron mal concedido el recurso extraordinario por no cumplir con el requisito de fundamentación autónoma

FERTILIZACION ASISTIDA
El consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida debe cumplir con las formas requeridas para su validez y el consentimiento necesario para la disposición de un derecho personalísimo, según nuestro derecho positivo, no se presume, es de interpretación restrictiva, y libremente revocable (art. 55 del Código Civil y Comercial, por lo cual no cabe presumir un asentimiento realizado post mortem, en tanto estos requisitos se justifican porque la voluntad procreacional es el eje central de la filiación por este tipo de técnicas de reproducción asistida (Voto del juez Lorenzetti).

FERTILIZACION ASISTIDA
Todo el diseño jurídico de la voluntad procreacional se edifica sobre la libertad y no puede haber ninguna presunción acerca de que se ha renunciado a ejercerla, en tanto la Constitución Nacional consagra una esfera de libertad personal (artículo 19) y toda renuncia o restricción respecto de la misma, es, lógicamente, de interpretación restrictiva y la consecuencia de ello es que no puede presumirse que una persona renuncia o dispone de un derecho personalísimo (Voto del juez Lorenzetti).

FERTILIZACION ASISTIDA
El consentimiento informado es un elemento que garantiza el ejercicio de la libertad de autodeterminación respecto de un derecho personalísimo, lo cual se fundamenta en la esfera de libertad de las personas humanas (Voto del juez Lorenzetti).

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1033 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1033

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