DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte: 
T-
El Juzgado Federal N" 1 de Corrientes declaró procedente la extradición de Antonio Javier D 0, requerida por las autoridades de la República Federativa de Brasil para la ejecución de la pena de tres años y cinco meses que le restan cumplir respecto de la condena a cuatro años, diez meses y diez días que la justicia de ese país le impuso por el delito de tráfico trasnacional de estupefacientes (art. 35 combinado con el art. 40, I, ambos de la ley 11.343/2006 de Brasil). Contra esa sentencia su defensa interpuso recurso ordinario de apelación, que fue concedido (fs. 292 del expte. digital).
A fojas 136/151 de esas actuaciones, el Defensor General Adjunto presentó el memorial para fundar la impugnación, del que V.E. corrió vista a esta Procuración General.
I-
De la lectura de esa presentación surgen los siguientes agravios:
1. La arbitrariedad de la sentencia porque los fundamentos expuestos mediante lectura al culminar la audiencia de debate resultan insuficientes para ser considerados como tales.
2. En el mismo orden, se agrega que vicia al fallo la omisión de atender las denuncias introducidas por el extraditurus en relación con las agresiones que habría y podría sufrir en el Estado requirente.
3. Se postula, además, la incertidumbre que existe respecto de las garantías brindadas al Estado requerido de que el nombrado no se verá expuesto en el país reclamante a situaciones que impliquen un riesgo para su integridad física.
Subsidiariamente, solicitó que se compute en la causa de origen el tiempo que D O permaneció privado de la libertad en las presentes actuaciones, a los fines de la eventual insubsistencia del pedido, y que se haga aplicación del tratado bilateral sobre traslado de condenados y del Acuerdo sobre traslado de personas condenadas entre los Estados parte del Mercosur (leyes 25.306 y 26.259, respectivamente).
Con relación al tiempo de detención en este proceso estimo pertinente señalar aquí, por la relevancia de su cómputo para el planteo de la defensa sobre la vigencia de la solicitud ante la pena extranjera pen
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:660 
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