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Fallos: 346:478 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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CONDONACION DE MULTAS
La multa impuesta en los términos del art. 954, ap. 1, inc. b, del Código Aduanero está alcanzada por los beneficios de la condonación dispuesta por la ley 27.260, sin que obste a tal conclusión lo dispuesto en el art. 4", incs. b) y o), de la resolución general (AFTP) 3920, en tanto ello se impone a poco que se repare en que es el propio Fisco Nacional quien señala, que no existe obligación adeudada pendiente de regularización o pago, sino únicamente una multa por transgresión al artículo citado del Código Aduanero, motivo por el cual no resultan de recibo las exigencias de la resolución general mencionada (Disidencia del juez Rosenkrantz).

Del voto en disidencia en el precedente "Chehadi" (Fallos: 345:849 ) al que remite
CONDONACION DE MULTAS
Está alcanzada por los beneficios de la condonación dispuesta por la ley 27.260 la multa impuesta en los términos del art. 954, ap. 1, inc.b, del Código Aduanero, pues toda vez que el art. 56, tercer párrafo, de la citada ley fija la condonación de oficio de las multas por deberes formales que no resultan susceptibles de ser cumplidos con posterioridad, no es de aplicación lo dispuesto en el art. 3° de la resolución general (AFIP) 4007 respecto de la intervención del juez administrativo para evaluar y aplicar las pautas de liberación en cada caso concreto (Disidencia del juez Rosenkrantz).

Del voto en disidencia en el precedente "Chehadi" (Fallos: 345:849 ) al que remite
CONDONACION DE MULTAS
La multa impuesta en los términos del art. 954, ap. 1, inc. b, del Código Aduanero está alcanzada por los beneficios de la condonación dispuesta por la ley 27.260, sin que obste a tal conclusión que el art. 5 de la resolución general (AFIP) 4007 no mencione a la infracción prevista en el citado art. 954, pues el precepto reglamentario establece que se consideran como infracciones formales las que se encuentran tipificadas, "entre otros", en los artículos 218, 220, 222, 320, 395, 968, 972, 991, 992, 994 y 995 de la Ley N° 22.415 y sus modificaciones, es decir el empleo de los términos "entre otros" indica que la enumeración de infracciones que efectúa el art. carece de carácter taxativo Disidencia del juez Rosenkrantz).

Del voto en disidencia en el precedente "Chehadi" (Fallos: 345:849 ) al que remite

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:478 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-478

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