asamblea extraordinaria de afiliados a efectos de designar la junta electoral que llevaría adelante el proceso de elección de autoridades cuyos mandatos vencían el 26 de noviembre de ese año. Debido a disputas entre dos sectores gremiales, en definitiva, se llevaron a cabo dos asambleas en lugares distintos. A partir de posteriores presentaciones efectuadas por esos dos sectores ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) de la cartera laboral, ese organismo dictó una providencia resolutiva el 13 de julio de 2016 declarando la "ineficacia jurídica" de ambos actos.
Tal decisión motivó que la UPSRA convocara a una nueva asamblea extraordinaria, a los mismos fines, para el día 29 de julio de 2016, en la cual se designó una nueva junta electoral, comunicándose lo actuado al Ministerio de Trabajo el 3 de agosto. Posteriormente, la Comisión Directiva de la UPSRA convocó a elecciones para el día 21 de octubre de 2016, lo que comunicó a la autoridad ministerial el 19 de septiembre de 2016.
Por su parte, el otro sector de trabajadores, encabezado por Leónidas Requelme García, efectuó dos presentaciones ante la Autoridad Administrativa por medio de las cuales cuestionó tanto la anterior resolución ministerial como así también la asamblea extraordinaria informada por el gremio. Como consecuencia de estas presentaciones, el 11 de agosto de 2016 la DNAS dispuso la "suspensión del proceso electoral" y convocó a las partes a una audiencia de conciliación que no tuvo resultados positivos.
La UPSRA, sin embargo, desarrolló los comicios el 21 de octubre de 2016, resultando vencedora la Lista Celeste y Blanca, encabezada por el entonces Secretario General, Ángel Alberto García.
El 18 de noviembre de 2016 la UPSRA llevó a cabo una nueva asamblea extraordinaria de afiliados en la que se decidió "prorrogar el mandato" de las autoridades salientes, que expiraba el 26 de noviembre de 2016, postergando la asunción de las nuevas electas a la espera de la decisión definitiva del Ministerio respecto de los cuestionamientos existentes en torno al proceso electoral.
Sin embargo, ante una nueva presentación de un grupo de diecisiete afiliados, la autoridad administrativa entendió configurada una situación de "acefalía" y, en consecuencia, el 1° de diciembre de 2016
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:238
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