edificio de la calle San Martín 273. Como lo recordaba el historiador Octavio Amadeo, "la Corte tenía una tradición de modestia, casi de pobreza.
En su antigua casa de la calle San Martín, sus ministros se reunían en torno de una mesita que parecía un costurero; unas carpetas impedían que el piso de mosaico les helara los pies. En los días crudos conservaban sus sobretodos y se alzaban el cuello. El ascensor seguía funcionando a sangre y a veces quedaba algún ministro suspendido entre dos pisos" Vidas argentinas", editorial Cimera, Bs.As. 1945, pág. 329).
El primer tomo de la colección "Fallos", tuvo 498 páginas y fue compuesto sobre la base de material manuscrito, e impreso en la histórica imprenta de Pablo Emilio Coni. En la portada del volumen aparece el año 1864, pero no tiene pie de imprenta y su impresión efectiva fue en 1865.
Viene a cuento recordar, que Pablo E. Coni (1826-1910) era un famoso impresor y editor francés que llegó a la Argentina en 1851. Instaló su imprenta en 1863 en un modesto taller en Cangallo 47 con máquinas y equipos traídos de París. Posteriormente, entre 1864 y 1373 la imprenta funcionó en Perú 101-107 y de 1874 a 1885 en Potosí 60 (hoy Alsina) y luego en Perú 680.
Aquél primer tomo reunía el material del Tribunal fechado desde el 11 de octubre de 1863 al fallo pronunciado el 3 de mayo de 1865, firmado por los jueces Francisco de las Carreras, Salvador María del Carril, Francisco Delgado y José Barros Pazos.
En el Prefacio de aquel histórico volumen, redactado por Guastavino y fechado en septiembre de 1864, se expresaba:
"Despues de muchos años de lucha, pero de esa lucha complexa entre la fuerza bruta y la idea, y entre la democracia que estiende la participación de la voluntad é inteligencia individuales en la composición y movimiento del gobierno y el sistema unitario que la reduce y la niega, la Nación Argentina ha legado ya á la historia de su vida el dia feliz de haberse constituido bajo el sistema democrático representativo republicano federal.
Ahora marcha, aunque no á paso de jigante, pero con esperanza fundada, á organizarse permanentemente bajo los eternos principios del derecho y la justicia.
De los tres altos poderes del Estado, que forman la repartición del gobierno general, el Judicial tiene la augusta y delicada misión de interpretar y aplicar, en los casos ocurrentes, la Constitución y las leyes, dando á los individuos y á los pueblos los derechos naturales y políticos que la ley fundamental les reconoce, les acuerda y garante.
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1574
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