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Fallos: 346:132 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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dieron sustento y motivación a la resolución judicial que dispuso la detención del allí requerido.

En la misma línea, en "De Sousa Nunes" (Fallos: 324:1557 ), al tenerse en cuenta que la pormenorizada descripción de los hechos y la prueba testimonial, pericial y documental, que fundaba los motivos por los que se sospechaba del allí requerido, habían sido sometidos por el representante del Ministerio Público ante el Tribunal Judicial de Coruche que libró la orden de detención que motivó ese pedido de extradición.

8) Que, en otro orden de ideas, surge de autos que la "orden internacional de detención" de fecha 3 de octubre de 2013 emanada de lajueza extranjera interviniente, solicita la "detención" y "entrega" de Danev, con especificaciones vinculadas a algunos de los recaudos que exige la ley 24.767 aplicable.

Por ende, ese acto estatal también reúne el carácter de "resolución judicial" que "dispuso el libramiento de la solicitud de extradición" según este Tribunal ha reconocido, en casos previos -+incluso con la República Checa- al admitir que, en un mismo acto jurisdiccional, el juez extranjero pudiera solicitar conjuntamente la "detención" y la "entrega" de la persona requerida (sentencia del 15 de diciembre de 2015 en la causa CSJ 338/2013(49-T)/CS1 "Toman, Jiri s/ extradición", considerando 4" y sus citas).

9) Que la defensa del requerido, en la contestación del recurso presentada en esta instancia, cuestionó la incorporación al juicio, como prueba en contra del imputado, del acto extranjero de fs. 165/166 atento a que, al hacerlo, el juez se habría alejado de su función de director del proceso plenario, asumiendo las funciones de la parte acusadora y dejando en clara desventaja a la defensa.

El agravio es infundado ya que se limita a invocar la aplicación de las reglas del Código Procesal Penal de la Nación -que rigen el juicio correccional- pero nada dice sobre cómo juegan las razones que dan sustento a su agravio teniendo en cuenta que el acto extranjero es el resultado de la medida complementaria ordenada fs. 137, alcanzada por la competencia que le asigna al juez la ley 24.767, en el artículo 31 y según el cual "Si, hasta el momento de dictar la sentencia, el juez advirtiera la falencia de requisitos de forma en el pedido, sus

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-132

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