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Fallos: 345:717 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
La jurisdicción de los tribunales revisores está limitada por el alcance de los recursos concedidos, que determinan el ámbito de su facultad decisoria.

RECURSO EXTRAORDINARIO
Los agravios vinculados con la tasa de interés suscitan cuestión federal suficiente para su consideración por la vía extraordinaria, porque aun cuando remiten al examen de una cuestión ajena a la instancia del art. 14 de la ley 48, ello no es óbice para invalidar lo resuelto cuando el tribunal de apelación ha excedido el límite de su competencia, con menoscabo de las garantías constitucionales de la defensa en juicio y de la propiedad.


ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO
El empleo de un indicador salarial como el RIPTE para ajustar indemnizaciones que se calculan sobre la base de los ingresos de los damnificados, no tiene como finalidad compensar el deterioro inflacionario sino evitar que la mora en el pago desvirtúe la indemnización, lo que podría suceder si no se reflejaran las variaciones que se produjeron en las remuneraciones durante ese período (Voto del juez Rosatti).

Del voto en disidencia del juez Rosatti en el precedente "Paez Alfonso" Fallos: 341:1268 ) al que el voto remite
ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Si la ley 26.773 ha establecido en su art. 2 un principio general indemnizatorio de pago único y sujeto a ajustes y en el articulado subsiguiente no efectuó excepción expresa alguna a dicho principio general, no corresponde que la reglamentación distinga donde la ley no ha efectuado distinciones (Voto del juez Rosatti).

Del voto en disidencia del juez Rosatti en el precedente "Paez Alfonso" Fallos: 341:1268 ) al que el voto remite

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:717 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-717

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