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Fallos: 345:445 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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COSA JUZGADA
La garantía de la cosa juzgada no se encuentra afectada cuando ni los imputados fueron indagados ni molestados en otro proceso concluido o en trámite respecto de los hechos en cuestión.


EXCEPCION DE COSA JUZGADA
La Corte siempre exigió el requisito de identidad de personas para que opere la excepción de la cosa juzgada, en consonancia con los límites del poder de los jueces para tomar decisiones en el marco de un proceso, decisiones cuyos efectos naturalmente se circunscriben a las partes de aquel.


EXCEPCION DE COSA JUZGADA
El alcance constitucional de la cosa juzgada requiere identidad subjetiva 0, puesto en otras palabras, que la misma persona esté involucrada en ambos procesos penales.

COSA JUZGADA
Cabe rechazar el recurso interpuesto contra decisión que rechazó la excepción de cosa juzgada invocada por la defensa con sustento en lo resuelto en sede local en procesos penales, pues la defensa no logró poner en evidencia la identidad de objeto procesal y que su posición no entrañara otra cosa que la mera aserción dogmática de una determinada solución que no se ve acompañada de una reseña autosuficiente y acabada de las constancias de la causa, máxime cuando se pretende hacer valer resoluciones dictadas por jueces provinciales respecto de la actuación de funcionarios incuestionablemente federales que habrían afectado de manera directa las arcas nacionales.

COSA JUZGADA
Cabe rechazar el recurso interpuesto contra la decisión que rechazó la excepción de cosa juzgada invocada por la defensa con sustento en lo

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:445 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-445

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