FUERO DE ATRACCION
Las disposiciones que rigen el fuero de atracción del sucesorio son imperativas o de orden público y tienden a facilitar la liquidación del patrimonio hereditario tanto en beneficio de los acreedores como de la sucesión, por lo que no pueden ser dejadas de lado ni aun por convenio entre las partes.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
FUERO DE ATRACCION
El proceso sucesorio atrae las acciones personales iniciadas con anterioridad al deceso del causante -art. 3284, inc. 4°, del Código Civil derogado-; regla que se ajusta a lo dispuesto por el artículo 2336 del Código Civil y Comercial.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remiteL., A. E. EN REP. DE sU HIJO M. L. B. A. c/ ESTADO NACIONAL
PROGRAMA FEDERAL DE SALUD - DIRECCIÓN NACIONAL
DE PRESTACIONES MEDICAS y Otro s/ AMPARO LEY 16.986
COMPETENCIA
El juez no se encuentra habilitado para reexaminar su competencia si ya mediaba un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, y el planteo a raíz del cual declinó seguir entendiendo es una prolongación del objeto de las actuaciones sustanciadas ante el tribunal.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°)
CONFLICTO DE COMPETENCIA
El tribunal que previno debe entender en los aspectos relacionados con la ejecución de la sentencia, pues ello favorece la seguridad jurídi) Sentencia del 17 de mayo de 2022. Ver en https://sj.csin.gov.ar/homeSJ/.
Compartir
144Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2022, CSJN Fallos: 345:297
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-297¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 345 Volumen: 1 en el número: 303 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
