oponer normas internas que obstaculicen el enjuiciamiento y eventual castigo de los responsables sino que además está vedada la adopción de cualquier otro tipo de medidas que disuelvan la posibilidad de reproche Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
La jurisprudencia de los distintos tribunales penales internacionales de la que emana que el concepto de autor tipificado en sus respectivos estatutos fue interpretado, respecto de los delitos de violación y abuso sexual, como incluyendo a quienes intervinieron en los hechos de un modo decisivo para dominar su ocurrencia aun cuando no desplegaran personalmente el ataque sexual (Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).
SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria sentencia que excluyó de la coautoría en los hechos de violencia sexual a quienes a través de su acción hubieran brindado un aporte fundamental para la ocurrencia del hecho y hubieran tenido dominio del hecho, limitando ese reproche únicamente al sujeto que corporalmente realiza el acto, pues ello implicaría contrariar tanto el deber de juzgar y sancionar adecuadamente los delitos de lesa humanidad como una de las obligaciones que asumió el Estado al aprobar la Convención de Belem do Pará para cumplir con los deberes de prevenir, investigar y sancionar sucesos como los aquí considerados (Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
Es arbitraria la sentencia que expresó que el reproche penal en calidad de autor de los delitos de abuso deshonesto y violación debe quedar limitado a quienes corporalmente ejecutan el ataque sexual, pues para excluir la autoría criminal en estos casos en particular, la decisión ameritaba -cuanto menos- ponderar la incidencia del contexto en que estos delitos fueron cometidos (si este tipo de conductas estaba previsto como parte del plan sistemático que entonces se ejecutaba en nuestro país, si la situación de clandestinidad en que podía operarse conllevaba algún tipo de expectativa de impunidad respecto de conductas que fueran ajenas al plan, etc.) y, principalmente, si cualquiera de las circunstancias
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:302
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