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Fallos: 345:1431 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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fueron objeto por parte de Milagro Sala y los integrantes de la organización delictual, sin posibilidad de accionar de manera diferente a lo que se los obligaba y aun en su perjuicio" (cf. fs. 23.264).

Como muestra de ello, entre otros casos se citó el que tuvo como víctima a Cristian Chorolque, presidente de una de las cooperativas.

El nombrado señaló que su cooperativa no realizaba ningún trámite, sino que "solo iban directamente "a poner el gancho". Tenía que facturar quiera o no... había una metodología de trabajo, si no firmaba corría riesgo de que le quiten [sic] todo lo que tenían los compañeros, se jugaba mucho con ese tema", "ahí las ordenes se cumplían, si había tiempo se discutía". También se reseñó que relató "un suceso ocurrido en 2011, por el cual le dieron una golpiza en el dique y ese día le quitaron quince capacitaciones, que sus compañeros se quedaron sin nada...lo amenazaron, le dijeron que sabía que tenía una hija y Milagro Sala le manifestó que se la iba "a ahogar en la pileta". Entonces...

"imagínense, saquen conclusiones de por qué tenían que firmar una factura"... Después usaron lo que le había sucedido como una forma de amenazar al resto" (cf. fs. 23.265/vta.). También se tuvo por probado que, en otros casos, a los cooperativistas se les aseguraba que, de no hacer lo que se les ordenaba, sus integrantes perderían los beneficios que habían obtenido.

En términos generales, en la sentencia de mérito se concluyó que se trató de la implementación de un sistema de recaudación ilegal a costa del erario público, en el marco de programas federales y provinciales de construcción o mejoramiento de viviendas, que tuvo por finalidad el injusto provecho de la jefa e integrantes de la asociación ilícita" (cf. fs. 23.258).

29) En el recurso extraordinario federal la defensa de Sala se agravió, sintéticamente, del rechazo al planteo de nulidad con relación a la restricción a la publicidad del juicio; de la violación del plazo para leer los fundamentos de la sentencia; de la afectación al derecho a controlar la prueba que se produjo en el debate durante el período en que la imputada fue expulsada del juicio oral por haber sido sancionada; de la violación del derecho a ofrecer prueba por haberse denegado ciertas medidas propuestas; de la indeterminación de la acusación respecto de los delitos por los que mediara condena y de la nulidad del alegato fiscal y de la sentencia por haberse modificado la plataforma fáctica en lo relativo a las imputaciones por asociación ilícita y fraude a la

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1431 
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