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Fallos: 345:116 de la CSJN Argentina - Año: 2022

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LA MERIDIONAL CÍA. DE SEGUROS S.A. s/ Casación
OMISION EN EL PRONUNCIAMIENTO
Es arbitraria la sentencia que declaró la prescripción de la acción de daños y perjuicios iniciada por la esposa e hija de quien falleciera en un accidente de tránsito, pues el tribunal superior omitió analizar los efectos interruptivos del inicio de la medida cautelar de embargo que tuvo como sujeto pasivo la empresa codemandada, -dirigido a asegurar la eventual ejecución ulterior de la sentencia-, respecto del plazo de prescripción bianual previsto en el artículo 4037 del Código Civil.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

PRESCRIPCION
El instituto de la prescripción tiene que ser interpretado restrictivamente en cuanto tiende a la pérdida de las acciones, y por ello, ante la duda, debe estarse por la existencia de interrupción.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
SENTENCIA EQUIPARABLE A DEFINITIVA
Es equiparable a sentencia definitiva la resolución que declara producida la prescripción, pues pone fin al pleito e impide su continuación, causando un gravamen de imposible reparación ulterior:

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
En caso de que la Corte Suprema estime que los defectos que el tribunal provincial reprocha a la apelación de la accionante no son esenciales ni importan un obstáculo insalvable para admitirla, puede dejar de lado tales reparos y realizar el examen de las cuestiones de fondo que aquél plantea, conforme lo dispuesto por el artículo 11, primer párrafo, de la acordada 4/2007.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:116 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-116

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