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Fallos: 344:7 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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palabras, computando que los términos utilizados no son superfluos, sino que han sido empleados con algún propósito, sea de ampliar, limitar o corregir los preceptos.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
INTERPRETACION DE LA LEY
La primera fuente de interpretación de las leyes es su letra, sin que sea admisible una inteligencia que equivalga a prescindir de ella, pues la exégesis de la norma debe practicarse sin violencia de su texto o de su espíritu.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

POLICIA FEDERAL
Del texto del decreto 1866/83 reglamentario de la ley 21.965) se desprende que los términos absolución y sobreseimiento son empleados también para aludir a las decisiones que se adopten en el marco de la aplicación del régimen disciplinario de la fuerza policial para evaluar la conducta de su personal; así surge de los arts. 663 -inc. b)-, 667 a 671, 678, 681 Y 716.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

POLICIA FEDERAL
Sino media absolución o sobreseimiento del agente de la policía también en el ámbito disciplinario no corresponde reintegrar el porcentaje de haberes no percibido por el personal policial en actividad en situación pasiva, aun cuando éste hubiera sido absuelto o sobreseído en sede judicial, pues cuando la ley para el personal policial quiso hacer referencia concreta a la absolución o el sobreseimiento que pudiera recaer en sede judicial, lo hizo expresamente, tal como surge del art. 117 de la ley citada.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:7 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-7

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