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Fallos: 344:538 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de abril de 2021.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Federación Patronal Seguros S.A. en la causa Juárez, Sergio Daniel c/ Federación Patronal Seguros S.A. y otro s/ accidente — ley especial", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1") Que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en lo que interesa, revocó la sentencia de la instancia anterior e hizo lugar a la acción que, fundada en el derecho civil, entabló el actor contra Federación Patronal Seguros S.A. a fin de obtener la reparación integral de los daños que padece -incapacidad del 6 por patología lumbar- como consecuencia de las tareas de prensero que realizaba para su empleadora.

Para así decidir el a quo estimó que la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) no había realizado actividad alguna con el fin de prevenir eventuales riesgos con relación al puesto de trabajo del actor como, por ejemplo, recomendar la utilización de fajas lumbares. Por ello, atribuyó responsabilidad civil a la aseguradora, en los términos de los arts. 1710, inc. b y 1716 del Código Civil y Comercial de la Nación, en forma solidaria junto con la empleadora -Ingratta S.A.— a abonar al demandante la suma de $ 180.000 (v. fs. 749/765 de los autos principales, foliatura a la que se aludirá en lo sucesivo).

Asimismo, la cámara consideró que dicho monto resultaba escaso pero como este ítem solo había sido apelado por Ingratta S.A. por entenderlo exagerado, debía confirmar dicho aspecto del fallo de origen.

En cambio, elevó la tasa de interés del 15 al 36 anual, pese a que tampoco los accesorios habían sido materia de apelación, como observó la jueza Diana Regina Cañal cuyo voto obtuvo mayoría.

2) Que contra dicha decisión la ART dedujo el recurso extraordinario (fs. 774/782) de los autos principales, cuya denegación originó la presente queja.

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:538 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-538

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