Recurso de queja interpuesto por el Dr: Javier Augusto De Luca, Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal que intervino con anterioridad: Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca.
TURISMO DOSS S.A. c/ EN — AFIP — DGI — reso. 1/11 (NGDE)
S/ PROCESO DE CONOCIMIENTO
RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso interpuesto resulta formalmente admisible toda vez que se ha puesto en tela de juicio la interpretación de normas de carácter federal (art. 77 y concordantes de la ley 20.628, sus modif. y disposiciones reglamentarias), y la sentencia definitiva del superior tribunal de la causa es contraria al derecho que la recurrente ha sustentado en ellas art. 14, inc. 3, de la ley 48).
SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria la decisión del a quo que rechazó la solicitud de encuadrar el proceso de reorganización empresaria por medio del cual se había transferido el fondo de comercio de una empresa a otra como libre de impuestos, en los términos del art. 77 de la ley 20.628, con sustento en que dicha reorganización societaria no se había llevado a cabo con el propósito exclusivo de promover la eficiencia en la organización empresarial, pues de la citada norma surge con nitidez que el recaudo exigido por la cámara no se encuentra establecido en ninguno de los párrafos del texto legal, careciendo en consecuencia del necesario respaldo normativo.
INTERPRETACION DE LA LEY
La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, sin que sea admisible una inteligencia que equivalga a prescindir del texto legal si, como en el caso, no media debate ni declaración de inconstitucionali
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:307
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