personas y que, en consecuencia, no se provocó una contaminación al ambiente en general con peligro para la salud.
Respecto del incidente acontecido el 13 de septiembre de 2015, precisó que como consecuencia de este hecho, se iniciaron -además del correspondiente sumario administrativo- actuaciones judiciales en las cuales se adoptaron una serie de medidas, como la inspección ocular del lugar del hecho, el secuestro del material comprometido, y la suspensión de los trabajos en la mina que tuvieran que ver con la utilización de cianuro.
Agregó que también se ordenó el estudio de las aguas y de todo elemento que pudiera dar información sobre las consecuencias del derrame de solución cianurada, y que para ello contó con el auxilio de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (CUFIMA), la División de Operaciones del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina y el Centro de Investigación para la Prevención de Contaminación Ambiental Minero Industrial (CIPCAMD, entre otros.
Señaló que, ante la evidencia científica de la ausencia de peligro para la salud de las personas y de riesgo ambiental, el juez interviniente habilitó la continuación de las tareas habituales en la mina.
Con relación al incidente del 8 de septiembre de 2016, la autoridad minera señaló que, en la misma fecha, la empresa puso en su conocimiento que "material contactado con solución rica había deslizado fuera del canal secundario de contingencia producto del desacople de cañería que transporta por gravedad aquella solución; que el evento no constituía un derrame de solución cianurada fresca; que, a su vez, no tuvo contacto con ningún curso de agua, ni flora y fauna porque se había depositado en el camino secundario de servicio; que se había procedido a levantar el material contactado y vuelto a ingresar mecánicamente al Valle de Lixiviación; que se había remediado la zona y se estaban haciendo monitoreos de aguas superficiales y subterráneas con resultado negativo respecto de la presencia de cianuro".
Afirmó que, como consecuencia de lo expuesto, el Gobernador de la Provincia de San Juan dio a conocer públicamente la suspensión de las actividades en la mina Veladero hasta tanto se garantizara la
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2931
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