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Fallos: 344:2135 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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de recursos produce un efecto de traslación de cargas tributarias, y es la causa de varios conflictos (Voto del juez Lorenzetti).

SISTEMA FEDERAL
La falta de cumplimiento de las normas dentro del sistema federal no puede constituirse en una habilitación para crear tributos por fuera de los límites constitucionales, por ello, resulta necesario el cumplimiento estricto de la Nación hacia las provincias y de estas respecto de los municipios, pero estos últimos deben evitar crear cargas de manera anómala para suplir las deficiencias del federalismo fiscal (Voto del juez Lorenzetti).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T Afs. 221/232 de los autos principales (a los que se referirán las citas siguientes) la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó la demanda interpuesta por Esso Petrolera Argentina S. R. L. contra el decreto 4.246, suscripto por el Sr. Intendente de la Municipalidad de Quilmes el 19 de diciembre de. 2002 y dictado en el expediente administrativo 4091-8960-D-02.

Por ese acto, se había desestimado el recurso de reconsideración presentado por la actora contra la intimación al pago de la tasa de inspección, seguridad e higiene por distintos períodos que se extienden desde el 4/1996 al 7/2002, como consecuencia de los servicios de inspección, seguridad e higiene prestados a dos estaciones de servicio de su propiedad, situadas en dicha ciudad.

Para así resolver, la sentencia señaló que el contribuyente no discutía su carácter de sujeto pasivo de la tasa sino que cuestionaba la forma de cálculo de la base imponible, en cuanto incluía no sólo los ingresos brutos obtenidos por la actividad desplegada en el ámbito del Municipio demandado sino también los originados en aquellos municipios de la Provincia de Buenos Aires en los que no contaba con establecimiento o local.

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-2135

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