chacra estaba abandonada y deshabitada desde hacía un año (hecho que fuera ratificado en la audiencia de debate por el testimonio de Ana María Pozal, quien vivía en el club Los Cardos ubicado a 70 metros de la chacra de los Méndez y refirió que la chacra estaba desocupada y nadie iba al lugar) y afirmaron que su uso no les resultaba viable por un problema de costos. También afirmaron que nunca invitaron a militares a su propiedad y que no sabían ni consentían que los militares la ocuparan. En autos no existe ninguna prueba directa que refute las afirmaciones de los hermanos Méndez. No hay elementos de prueba que indiquen que los nombrados hubieran estado anoticiados de alguna manera de lo que ocurría en la finca deshabitada, ni que tuviesen algún tipo de contacto o relación con algún vecino o allegado que los pueda haber alertado de lo sucedido en su propiedad.
Enla sentencia recurrida se sostuvo, para justificar la imposición de pena, que "el carácter clandestino de ese lugar de detención (la propiedad de los hermanos Méndez) jamás se podría haber mantenido en el tiempo sin la autorización de los propietarios". Esta afirmación no es más que una conjetura. En primer lugar, la existencia de un centro clandestino de detención no se apoyó en prueba concreta alguna. En autos sólo se ha acreditado que Carlos Alberto Moreno estuvo detenido en una propiedad de los hermanos Méndez durante cuatro días, pero ni en esta investigación ni en la profusa recolección de información realizada en el Departamento Judicial de Azul por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas y por el Concejo Deliberante de Tandil se identificó una sola víctima distinta de Moreno que haya sido mantenida cautiva en la propiedad de los Méndez (fs. 346/361).
Debe destacarse que a fs. 359/360 y 371 la testigo Petronila García de Pozal dijo que llegaron a la propiedad un hombre y una mujer secuestrados a mediados de abril de 1977, e incluso especuló que se trataba de Moreno y su esposa. Además, la testigo García de Pozal señaló que la pareja fue auxiliada por una persona de edad que pasaba por la ruta en una camioneta, cuyo nombre -según la testigo- era conocido por los abogados Pedersoli y Gutiérrez de la ciudad de Tandil, y mantuvo que a unos 400 metros de la quinta vivía una persona de edad que fue testigo de los sucesos que relató. Sin embargo, dicho testimonio fue desacreditado por la prueba producida. Ello así, pues, (fs. 359/360 y 371) por un lado, la esposa de Moreno no estuvo secuestrada (cfr. testimoniales de Susana Mabel Lofeudo de Moreno a fs. 85, 125 y 765/766);
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2318
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