TRASLADO DE JUECES
La acordada 7/2018 evitó que magistrados capacitados para actuar frente a hipótesis concretas regidas por normas específicas (legislación común u ordinaria) fueran habilitados por la vía de los traslados para intervenir y resolver situaciones diferentes regidas por normas sustantivas también distintas (legislación federal).
TRASLADO DE JUECES
Toda vez que se encuentra descartado ya en la acordada 4/2018 que los traslados pudieran resultar en nombramientos permanentes de magistrados, el planteo de la acordada 7/2018 debe entenderse como una pregunta acerca de las condiciones de validez de los traslados en tanto designaciones transitorias.
TRASLADO DE JUECES
Cuando la acordada 7/2018 concluye en que no es necesaria la instrumentación de un nuevo procedimiento de designación conforme las exigencias del artículo 99, inc. 49, de la Constitución Nacional para los traslados de magistrados federales con el fin de desempeñarse después de cumplir otros recaudos dentro de la misma jurisdicción federal, se refiere a la validez de ese traslado, como no podría ser de otra forma, en tanto designación transitoria.
TRASLADO DE JUECES
La acordada 7/2018 define las condiciones de validez del traslado de magistrados integrantes de órganos jurisdiccionales nacionales ordinarios de la Capital Federal a tribunales federales con asiento en esa ciudad, pero no se pronuncia sobre la temporalidad de las designaciones que resultan de un traslado.
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1458
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-1458¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 343 Volumen: 3 en el número: 10 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
