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Fallos: 343:131 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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MAC GREGOR, DIEGO ALBERTO y Otros c/ EN - PJN
CSIN - RESOL. 1200/10 (EXPTE. 5206/09) s/ EMPLEO PÚBLICO
RECUSACION
Lasrecusaciones manifiestamente improcedentes deben rechazarse in limine; tal carácter revisten las que se fundan en la intervención de los jueces de la Corte en un procedimiento anterior, propio de sus funciones legales.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de febrero de 2020.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por los actores enla causa Mac Gregor, Diego Alberto y otros c/ EN — PJN - CSJN —resol. 1200/10 expte. 5206/09) s/ empleo público", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, según conocida jurisprudencia de este Tribunal, las recusaciones manifiestamente improcedentes deben rechazarse in limine Fallos: 205:635 ; 280:347 ; 303:1943 ; 312:1856 ; 318:2308 ; 320:300 ). Tal carácter revisten las que se fundan en la intervención de los jueces de la Corte en un procedimiento anterior, propio de sus funciones legales Fallos: 252:177 ; 310:338 ).

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Por ello, se rechaza la recusación formulada y se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco —
RICARDO Luis LORENZETTI.
Recurso de queja interpuesto por los actores, representados por los Dres. Sergio Bernardo Schedrovitzky y José Luis Fernández.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-131

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