manifestaciones de la demandada, puesto que, ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Tucumán N" 2 se encontraría tramitando el expediente FTU 40822/2013, caratulado "Mirande, Raúl Mario c/ AFIPDGIs/". Tales conclusiones resultan aplicables, a su vez, a la disposición 101/15, acto que debió ser cuestionado por la misma vía, tanto si se considerara que impone una sanción como si se entendiera que se limita a hacer efectiva la que se impuso mediante la disposición 87/12.
Habida cuenta de lo expuesto, entiendo que el recurso directo deducido por el actor en los términos del art. 39 de la ley 25.164 resulta improcedente, toda vez que se trata de un régimen no aplicable al personal de la AFIP-DGI -quienes se rigen por el respectivo convenio colectivo de trabajo- y, por lo demás, tampoco puede ser soslayada la norma específica que regula el procedimiento impugnatorio de los actos que imponen sanciones disciplinarias a agentes o ex agentes de la AFIP (.art.27 antes citado). Ello es así, máxime cuando el actor no ha puesto en tela de juicio su validez ni ha demostrado que acceder a la vía judicial mediante un juicio ordinario -medio normal instituido para la decisión de las controversias jurídicas, que se caracteriza por tener una mayor amplitud de debate y prueba le ocasione gravamen alguno que justifique un proceder contrario a las normas vigentes aplicables al caso, o que importa un desconocimiento grave de garantías constitucionales vinculadas a la tutela judicial efectiva.
En virtud de la solución que se propugna, estimo que resulta innecesario el tratamiento de los restantes agravios formulados por el recurrente.
V-
Opino, por lo tanto, que corresponde hacer lugar a la queja interpuesta y revocar la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Buenos Aires, 28 de noviembre de 2017. Laura M. Monti.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2020.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Mirande, Raúl Mario c/ AFIP s/ recurso directo art. 39 ley 25.164", para decidir sobre su procedencia.
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1036
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