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Fallos: 342:522 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Juzgado Nacional de Menores n° 5. Los detalles del conflicto que genera la intervención de este Tribunal se encuentran adecuadamente narrados en el dictamen de la Procuración General de la Nación, al que cabe remitir en el punto por razones de brevedad.

2") El conflicto involucra, entonces, a un tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a un tribunal de la justicia nacional con competencia ordinaria con asiento en la misma ciudad. Estos tribunales carecen de un "órgano superior jerárquico común" que deba resolver el conflicto, razón por la cual según lo dispuesto por el artículo 24 inc. 7 del decreto-ley 1285/58 corresponde la intervención de esta Corte Suprema.

3 La conclusión anterior no se ve afectada por lo resuelto en la causa "Nisman" (Fallos: 339:1342 ). En efecto, si bien en el citado precedente una mayoría de esta Corte admitió que el carácter nacional de los magistrados ordinarios de la justicia nacional de la Capital Federal es meramente transitorio, ello no implicó —ni implica— negarle a dichos magistrados el referido carácter nacional ni, en consecuencia, existe razón alguna basada en dicho precedente para modificar la interpretación del art. 24 inc. 7 del decreto-ley 1285/58 (José Marmol 824 (ocupantes de la finca)", Fallos: 341:611 , disidencia del juez Rosenkrantz).

La continuidad del carácter nacional de los magistrados de la justicia nacional con competencia ordinaria con asiento en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra supeditada, como esta Corte ha señalado en diversas ocasiones, a la celebración de los correspondientes convenios de transferencias de competencias del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Fallos: 325:1520 ; 329:5438 ; 333:589 ; 339:1342 ; entre otros). Este proceso político se encuentra en marcha, tal como lo evidencia la celebración de diversos convenios por los cuales se han ido transfiriendo competencias parciales de la justicia nacional ordinaria a la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Convenio de "Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", suscripto el día 7 de diciembre de 2000, ratificado por ley local 597 y por ley nacional 25.752; Convenio 14/04, "Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", ratificado

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:522 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-522

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