GOBIERNO DE La CIUDAD ve BUENOS AIRES v. ALBERTO SABINO SOTO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
Atento el carácter nacional de los jueces del trabajo de la Capital Federal, es equiparable a definitiva la sentencia que estableció que la demanda de exclusión de tutela sindical tramitara ante los jueces locales de la Ciudad de Buenos Aires, pues importa la denegación del fuero nacional oportunamente invocado por el apelante, extremo ál que se añade que se encuentra en juego el principio del juez natural regido por disposiciones constitucionales.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.
Si existe íntima conexión entre la inteligencia del derecho federal debatido —esencialmente, los arts. 18 y 129 de la Constitución Nacional y 8 de la ley 24.588— y las causales de arbitrariedad, resulta adecuado tratar ambos aspectos sin disociarlos, máxime cuando revisten particular relevancia las hipótesis en que pueden aparecer colisionando normas emanadas de un poder local y otras dictadas en la órbita nacional.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones laborales.
En tanto la competencia para resolver una acción con sustento en las disposiciones del art. 52 de la ley 23.551 atañe a los jueces o tribunales con competencia laboral en las respectivas jurisdicciones, según lo dispuesto por el art. 8 de la ley 24.588 y los arts. 20 y 21 de la ley 18.345, en el marco de la Ciudad de Buenos Aires, esa competencia concierne a los jueces nacionales del Trabajo.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si la materia del pleito -demanda de exclusión de tutela sindical— atañe al derecho laboral común y no al derecho del municipio, no corresponde sea resuelta por los jueces locales de la Ciudad de Buenos Aires.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
—1-
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denegó el recurso extraordinario del accionado contra la senten
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1520
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