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Fallos: 342:135 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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nera intermitente y que en varias ocasiones llega turbia, con larvas, contaminada con hidrocarburos y otros elementos inorgánicos. En este sentido señala que ya en el año 2014 se encontraron en el agua que se distribuye en Caleta Olivia altos niveles de contaminación con hidrocarburos totales y metales pesados, arsénico, cloruros, etc.

La actora indica que el agua que abastece a Caleta Olivia tiene dos orígenes. Una parte proviene del Acueducto Jorge Federico Carstens, también conocido como Acueducto Lago Musters, que además suministra agua a las localidades de Comodoro Rivadavia, Sarmiento y Villa Rada Tilly, de la Provincia del Chubut; y la otra procede de la Reserva Hidrogeológica de la Meseta Espinosa-Cañadón Quintar: Sehala que ambos recursos hídricos no solo se destinan al uso residencial sino que también se utilizan para abastecer de agua la explotación petrolera. Remarca que en el territorio perteneciente a las provincias de Santa Cruz y del Chubut donde se encuentran las reservas hidrogeológicas de agua dulce que abastecen a Caleta Olivia existen "pozos de "perforación de petróleo, "conviviendo" con los pozos de captación de agua potable, contaminando así nuestras napas freáticas e invirtiendo los roles lógicos: Agua potable para la explotación petrolera, y agua contaminada para consumo humano" (fs. 117 vta.). Subraya que la industria petrolera requiere para su funcionamiento el uso de millones de litros de agua. Asimismo, alega que los habitantes de Caleta Olivia no solo se ven afectados por las consecuencias que provoca la actividad petrolera sin debido control estatal, sino que a ello se suman los efectos del "fracking", modalidad de explotación carburífera que cotidianamente es ocultada por las empresas petroleras.

La actora denuncia a fs. 119 que, excluyendo al Valle de Sarmiento, toda la región de la Patagonia Central tiene sus aguas subterráneas contaminadas como consecuencia de la actividad petrolera. Seguidamente, señala que la Dirección General de Protección y Saneamiento Ambiental de la Provincia de Santa Cruz realizó el 28 de agosto de 2008 un informe pormenorizado acerca de la contaminación de las napas freáticas en la zona norte de la provincia, el cual reveló "concentraciones elevadas de algunos parámetros fisicoquímicos relacionados con la industria hidrocarburífera".

Asimismo, la actora da cuenta de diversos incidentes vinculados a la contaminación del agua con hidrocarburos y a su elevada salinidad en la reserva hidrogeológica Meseta Espinosa. También menciona la

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-135

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