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Fallos: 342:138 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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expediente, si bien este convenio marco tuvo aprobación legislativa en la Provincia de Santa Cruz a través de la ley 3010, ello todavía se encuentra pendiente en la Provincia del Chubut y, en consecuencia, no ha sido ratificado por el Congreso Nacional.

4) Que, por otra parte, la actora manifiesta que la red cloacal de Caleta Olivia se encuentra colapsada. Señala que, entre otros motivos, ello se debe a la mala calidad de los materiales que se utilizaron en su construcción y al crecimiento demográfico, factores que provocan el frecuente derrame de efluentes cloacales. Expresa, asimismo, que la planta depuradora local no funciona en forma adecuada. Destaca la importancia que la cuestión reviste para la salud pública, la calidad de vida y el medio ambiente.

Sumado a ello, la actora denuncia también la existencia de basurales "a cielo abierto" en el área urbana de Caleta Olivia. Solicita a este respecto el correspondiente tratamiento de los residuos, su relocalización y la recuperación de los terrenos afectados.

Por último, la actora requiere que se dicte una medida cautelar urgente tendiente a que: i) se implemente un servicio de distribución gratuita de suficiente agua potable para la población de Caleta Olivia; ii) cese la explotación de los pozos petroleros ubicados en las provincias de Santa Cruz y del Chubut que no cuenten con la correspondiente certificación estatal que garantice que su actividad no provoca contaminación del agua destinada al consumo humano; y iii) se intime a la Municipalidad de Caleta Olivia y a la empresa de Servicios Públicos Sociedad del Estado a implementar, en el plazo de quince días, un plan de contingencia para mejorar los servicios de recolección de residuos urbanos y de tratamiento de los efluentes cloacales, respectivamente.

5) Que los hechos que se denuncian exigen de esta Corte el ejercicio del control encomendado a la justicia sobre las actividades de los otros poderes del Estado y, en ese marco, la adopción de las medidas conducentes que, sin menoscabar las atribuciones de estos últimos, tiendan a sostener la observancia de la Constitución Nacional (conf.

causas: "Salas, Dino", Fallos: 331:2925 ; CSJ 175/2007 (43V)/CS1 "Vargas, Ricardo Marcelo c/ San Juan, Provincia de y otros s/ daño ambiental", sentencia de 24 de abril de 2012; y "Saavedra, Silvia Graciela y otro c/ Administración Nacional de Parques Nacionales, Estado Nacional y otros", Fallos: 341:39 ).

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:138 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-138

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