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Fallos: 341:396 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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12) Que la decisión del tribunal de casación se funda en que no se logró demostrar —con la certeza requerida—- que Osvaldo César Quiroga hubiera participado del traslado de las víctimas de la sede del comando militar al lugar del crimen, que conociera el destino fatal de las víctimas que retiró del penal y/o que tuviera algún tipo de participación directa en los homicidios. El temperamento adoptado respecto de Francisco Pablo D"Aloia también se fundó en la carencia de prueba concluyente respecto de su participación en el hecho.

Por otra parte, el a quo entendió que el temperamento absolutorio adoptado respecto de Quiroga resultaba aplicable a la situación de Víctor Pino Cano, en tanto no pudo acreditarse que este último hubiera tenido conocimiento alguno sobre el desenlace fatal que tuvo el traslado cuya orden de ejecución había retransmitido.

13) Que en lo concerniente a la situación de Francisco Pablo D "Aloia, el Tribunal comparte las razones expresadas por el señor Procurador Fiscal en el punto V de su dictamen, en cuanto a que las referencias efectuadas en el testimonio de De Breuil, cuya credibilidad no está en discusión, respecto a D'Aloia no permiten fundar la tacha de irrazonable de la hipótesis alternativa, ponderada por el tribunal de mérito y convalidada por el a quo, en el sentido de que el imputado estuviera simplemente cumpliendo las tareas que desempeñaba en el lugar cuando allí llegaron los detenidos, sin tener relación con el operativo.

De este modo, su agravio debe ser desestimado por cuanto trasunta mera disconformidad con la sentencia que, al respecto, cuenta con fundamentos suficientes que no pueden ser descalificados al no observarse deficiencias lógicas o violación de las reglas de la sana crítica.

Por ello, corresponde declarar improcedente el recurso extraordinario presentado por la parte querellante en lo atinente al nombrado, toda vez que no se logró demostrar arbitrariedad alguna en la decisión del tribunal de casación que confirmó su absolución.

14) Que a juicio del Tribunal, le asiste razón a los recurrentes en cuanto han planteado la arbitrariedad de la decisión que confirmó las absoluciones de Osvaldo César Quiroga y Víctor Pino Cano, por entender que la valoración del material probatorio ha sido fragmentada y de fundamentación deficiente y aparente.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-396

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