ABRIL
ASOCIACIÓN pr CONSUMIDORES per NOA c/ TELECOM
ARGENTINA S.A. s/ DAÑos Y PERJUICIOS
COMPETENCIA FEDERAL
Si la asociación actora pretende que se prohíba a la demandada, respecto de los usuarios del servicio de telefonía fija, incluir en las facturas el cobro del concepto "incremento de aportes patronales" y se la condene a reintegrar las sumas que hubieran abonado por dicho rubro, más allá de que funde su pretensión en normas que, como la ley 24.240, integran el derecho común, lo medular de la cuestión planteada exige -esencial e ineludiblemente- interpretar el sentido y los alcances de las normas de naturaleza federal que regulan lo atinente al servicio básico telefónico y que se vinculan con la cuestión discutida en la causa por lo que la materia es de carácter federal y dicho fuero deberá entender en la causa.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T
A fs. 28/35, la Asociación de Consumidores del NOA - ACONOA
promovió, ante la justicia de la Provincia de Tucumán, una demanda colectiva contra Telecom Argentina S.A. a fin de obtener que se le prohíba el cobro del concepto "Incremento de aportes patronales", cuya invalidez pidió que se declarara, y que se la condene a restituir a todos los consumidores de Tucumán las sumas que hubieran abonado por ese concepto dentro de los diez años anteriores al inicio del proceso, con más los intereses que la demandada percibe por mora art. 26 de la ley 24.240) y más un 25 del importe cobrado indebidamente (art. 31 de la misma ley), y a abonar la suma de $5.000.000 en concepto de daño punitivo, importe que deberá distribuirse entre
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:317
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