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Fallos: 341:218 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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341 te una nueva decisión sobre el punto con arreglo a la presente. Notifíquese y remítase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA 1. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOs MAQUEDA — Horacio ROSATTI— CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.

Recurso extraordinario interpuesto por Rodolfo Eduardo Oyola y por Mario José Carrillo y Santiago Bargalló Beade, éstos últimos actúan como letrados apoderados del primero y por derecho propio.

Traslado contestado por Obra Social del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (0.S.M.A.TA.) y Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (S.M.A.T.A.), representados por los Dres. Guillermo Enrique Morán y Ricardo L. Soria Díaz.

Tribunal de origen: Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 42.


FOURNIER, VICENTE CARLOS y Otros c/ TRANSPORTE

METROPOLITANO GRAL. ROCA S.A. y Otros s/ Daños Y

PERJUICIOS (ACC. TRÁN. C/ LES. O MUERTE)

EXCESOS U OMISIONES EN EL PRONUNCIAMIENTO
Si bien la determinación de las cuestiones comprendidas en la litis y el alcance de las peticiones constituyen extremos de índole fáctica y procesal ajenas en principio a la instancia extraordinaria, tal regla no impide admitir la apertura del remedio federal cuando la sentencia impugnada traduce un exceso en el límite de la potestad jurisdiccional del tribunal a quo, al resolver acerca de capítulos no propuestos en el correspondiente memorial de agravios, lo que importa menoscabo a las garantías constitucionales consagradas en los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional (Fallos: 319:305 ).


EXCESOS U OMISIONES EN EL PRONUNCIAMIENTO
Menoscaba el derecho de defensa en juicio, pues constituye una solución extraña al conflicto sometido a su decisión, la sentencia de cámara

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:218 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-218

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