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Fallos: 341:2024 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de diciembre de 2018.

Vistos los autos: "K., K. J. c/ P, C. S. s/ civil y comercial - varios".

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, al cual cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con el referido dictamen y habiendo tomado intervención el señor Defensor General adjunto de la Nación, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario federal y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 63 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.

CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ (en disidencia) — ELENA I. HIGHTON
DE NoLAsco — JuAN CARLOs MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.

DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE Doctor Don CARLOs FERNANDO
ROSENKRANTZ
Considerando:

19) Que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que había declarado la incompetencia del fuero y la remisión de las actuaciones al Tribunal de Familia en turno para entender en la presente causa que tiene por objeto la restitución internacional a Estados Unidos de un menor de edad, M. T. K. P, en los términos del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de la Haya de 1980, aprobado por ley 23.857 (CH 1980), quien habría sido sustraído ilegítimamente por su madre con destino a Argentina el 28 de septiembre de 2017 (fs. 164/1380, 185/187 y 219/221).

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:2024 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-2024

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