En su presentación, la recurrente sostiene que la alzada prescindió de considerar agravios temporáneamente introducidos relativos al plazo en el que el incidente de nulidad fue iniciado y a la violación por parte de la demandada de la doctrina de los propios actos, la presunción de legitimidad de los actos administrativos y el principio de buena fe. La recurrente argumenta, además, que los actos procesales cuya nulidad fue declarada por el a quo fueron consentidos y se encuentran pasados en autoridad de cosa juzgada y que, por lo tanto, la decisión tomada en esta causa viola el derecho de defensa en juicio, el debido proceso y la propiedad de la recurrente.
39) Si bien los agravios expuestos por la recurrente remiten al examen de cuestiones procesales y de derecho público local que, en principio, resultan ajenas a la instancia extraordinaria, esta Corte ha establecido que son descalificables por arbitrariedad las sentencias que omiten el examen y resolución sobre alguna cuestión oportunamente propuesta, siempre que así se afecte de manera sustancial el derecho del impugnante y lo silenciado sea conducente para la adecuada solución de la causa (Fallos: 312:1150 ).
49) A juicio de esta Corte la sentencia recurrida incurre en la causal de arbitrariedad mencionada pues no examinó cuestiones conducentes temporáneamente planteadas por la actora a lo largo del pleito.
En efecto, la cámara nada dijo sobre el momento en el cual el incidente de nulidad planteado por la provincia fue por ella iniciado. La recurrente sostiene que la provincia fue notificada de la homologación de la Adenda el 29 de mayo de 2012 mediante cédula obrante a fs. 104 de los autos principales y que la demandada no solicitó la nulidad dentro del plazo para hacerlo y, por lo tanto, no puede alegar desconocimiento del acto sin incurrir en un acto contradictorio y de mala fe (fs.
142 vta./143 vta. del incidente de nulidad).
La cámara nada dijo tampoco en relación al planteo relativo a la violación de la doctrina de los actos propios, la presunción de legitimidad de los actos administrativos y el principio de buena fe.
Los agravios de la recurrente destacados al expresar agravios ante la cámara Wer fs. 99 vta./101 del incidente de nulidad), debieron ser consideradas por el tribunal superior de la causa para determinar si el planteo de la Provincia de Misiones era o no temporáneo y, en el
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1654
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1654¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 341 Volumen: 2 en el número: 798 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
