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Fallos: 341:1503 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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El juez Rosatti, en voto propio, consideró que el recurso no refutaba los fundamentos de la sentencia apelada

DECRETO REGLAMENTARIO
Es inherente a la naturaleza jurídica de todo decreto reglamentario su subordinación a la ley, de lo que se deriva que con su dictado no pueden adoptarse disposiciones que sean incompatibles con los fines que se propuso el legislador, sino que solo pueden propender al mejor cumplimiento de esos fines Misidencia del juez Rosenkrantz).

La Corte, por mayoría, desestimó el recurso por considerarlo inadmisible (art. 280 CPCCN )El juez Rosatti, en voto propio, consideró que el recurso no refutaba los fundamentos de la sentencia apelada

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Corresponde revocar la sentencia que entendió que la Dirección Nacional de Comercio Interior -DNCI- resultaba incompetente para expedirse acerca de si una publicidad de un suplemento dietario infringía la ley 22.802 al considerar que el contralor de tal actividad publicitaria correspondía a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica -ANMAT-, ya que omitió considerar las expresas disposiciones de la ley mencionada (Disidencia del juez Rosenkrantz).

La Corte, por mayoría, desestimó el recurso por considerarlo inadmisible (art. 280 CPCCN )El juez Rosatti, en voto propio, consideró que el recurso no refutaba los fundamentos de la sentencia apelada
DICTÁMENES DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

Las cuestiones aquí debatidas son sustancialmente análogas a las examinadas en mi dictamen del día de la fecha en la causa CAF 5601/2014/CA1-CS1, "Johnson 8 Johnson c/ DNCI s/ Lealtad Comer

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1503 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1503

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