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Fallos: 341:1434 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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El recurso extraordinario deducido es formalmente admisible, toda vez que se discute la interpretación de normas federales (ey 25.967 y resolución 73/02 del Ministerio de Economía, entre otras) y la sentencia definitiva del superior tribunal de la causa ha sido contraria al derecho que el apelante funda en ellas (art. 14, inc. 3", de la ley 48; Fallos: 328:690 ).

Por otra parte, al versar la causa sobre la inteligencia de normas federales, V.E. no se encuentra limitada por los argumentos del tribunal apelado o de las partes, sino que le incumbe efectuar una declaración sobre el punto disputado (Fallos: 310:2200 ; 314:529 y 1834; 316:2624 , entre otros).

Asimismo, debo aclarar que los argumentos esgrimidos con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia serán tratados en forma conjunta, por hallarse inescindiblemente vinculados con la cuestión federal planteada.

IV-
En primer lugar, cabe señalar que no existe controversia en cuanto a que los BONTES 2005 que dieron origen a estos autos fueron registrados enla Caja de Valores S.A. el 15 de noviembre de 2004 (v. fs. 45, 78/79 y reconocimiento de los actores de fs. 53/54).

Sentado lo anterior, conviene recordar que el art. 47 de la ley 25.967 previó lo siguiente: "Exceptúanse del diferimiento de pagos establecido en el articulo precedente [se refiere al diferimiento de los pagos de los servicios de la deuda pública del gobierno nacional contraída originalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2001 o en virtud de normas dictadas antes de esa fecha, hasta que el Poder Ejecutivo nacional declare la finalización de su proceso de reestructuración], a las siguientes obligaciones:

...) d) Los servicios financieros de los Bonos del Tesoro de Mediano Plazo y Largo Plazo (BONTES), Letras del Tesoro (LETES), Bonos de Consolidación, Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales y Bonos Externos de la República Argentina (BONEX):

...) ID Que estuviesen en poder de personas que atraviesen situaciones en las que estuvieran en riesgo la vida, o aquellas en las que exista un severo compromiso de su salud por el riesgo de in

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1434 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1434

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