Recurso de queja interpuesto por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, representada por la Dra. Adriana María A. Padulo, en su carácter de apoderada, con el patrocinio letrado del Dr. Hernán Rodolfo Gómez.
Tribunal de origen: Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de la Provincia de Mendoza.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de San Juan.
GIUSTINIANI, RUBÉN HECTOR Y OTROS C/ MINISTERIO pe 
ENERGIA y MINERIA DE La NACIÓN y OTROS s/ AMPARO COLECTIVO
NULIDAD
Son nulas las resoluciones por las que se conceden recursos extraordinarios cuando se ha constatado que aquellas no dan satisfacción a un requisito idóneo para la obtención de la finalidad a que se halla destinado, cual es la subsistencia del gravamen que les causa a los recurrentes el pronunciamiento apelado. 
PRONUNCIAMIENTO INOFICIOSO
No corresponde pronunciamiento alguno sobre la cuestión federal invocada cuando las circunstancias sobrevinientes han tornado inútil la resolución pendiente porque, entre otros supuestos, ha sido removido el obstáculo legal en el que el gravamen se asentaba. 
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de febrero de 2017. 
Autos y Vistos; Considerando:
1") Que Rubén Héctor Giustiniani, Silvia Augsburger y Claudio Fabián Palo Oliver, promovieron un amparo colectivo con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de las resoluciones 28 y 31, ambas de
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:88 
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