el expediente al tribunal con jurisdicción en el lugar de residencia del causante. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 76 y al Juzgado de Familia n° 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Provincia de Buenos Aires.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOS MAQUEDA — HORACIO ROSATTI — CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
CaHars RUBÉN OsvaLDo c/ ANSES s /REAJUSTES VARIOS
JUBILACION Y PENSION
Corresponde disponer que se liquide el haber inicial de la prestación jubilatoria y que se practique el reajuste por movilidad por el lapso indicado en el fallo de la Corte Suprema "Badaro" (Fallos: 329:3089 y 330:4866 ) de conformidad con el índice indicado en aquél, sin perjuicio de que al hacerlo se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período en cuestión.
JUBILACION Y PENSION
El criterio sentado en el precedente "Spitale" (Fallos: 327:3721 ) que aplica la tasa pasiva para el cálculo de intereses establecidos en sentencias judiciales ha sido adoptado por el Congreso en el ámbito específicamente previsional al sancionar la ley 27.260, cuyo artículo 6° dispone que las acreencias, constituidas por las diferencias devengadas mes a mes entre el haber reajustado y el haber percibido, incluirán el capital con más los intereses, hasta el efectivo pago, calculados de conformidad con la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina.
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:483
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