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Fallos: 340:1757 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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PRISION PREVENTIVA
El contralor de la decisión de someter a un imputado a prisión preventiva es una tarea que la Corte debe encarar con mesura, ya que solo corresponde descalificar por arbitraria a una sentencia judicial cuando contiene una equivocación tan grosera que aparece como algo inconcebible dentro de una racional administración de justicia.

PRISION PREVENTIVA
No resulta arbitraria la sentencia apelada si la prisión preventiva fue justificada en la existencia de un entramado organizacional a disposición de la imputada, presuntamente utilizado para infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses y se analizó fundadamente el riesgo que generaría al proceso la medida solicitada por la defensa, en tanto incrementaría objetivamente las posibilidades de su frustración por vía del entorpecimiento de la investigación.

PRISION PREVENTIVA
Corresponde desestimar el recurso contra la decisión que confirmó el auto de prisión preventiva si se plasmó de modo suficientemente fundado -para esa etapa del proceso- la valoración de los jueces sobre la presencia de una sospecha razonable de que la acusada obstaculizará el proceso intimidando a los testigos o induciéndolos a falsear su declaración, a la luz de su capacidad para obrar en tal sentido.

SENTENCIA ARBITRARIA
Corresponde desestimar el recurso extraordinario si la decisión impugnada está sostenida en argumentaciones que no configuran expresiones discrecionales de los magistrados sin correlato con las constancias del expediente ni constituyen un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1757 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1757

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