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Fallos: 340:1752 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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ii. el beneficio que puede obtener cada una de las provincias y el resto del país por el desarrollo económico y social de sus respectivas economías; iii. los perjuicios que pudieran derivarse para cada una de las provincias; y iv. el hecho que el medioambiente sano es un derecho que debe ser garantizado no solo a los habitantes de La Pampa y Mendoza sino también a todos los argentinos.

Por ello, y en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 127 de la Constitución Nacional, se resuelve:

1 Rechazar la excepción de cosa juzgada opuesta por la Provincia de Mendoza en los términos de los considerandos 7° a 9". Con costas en el orden causado (artículo 1, decreto 1204/2001).

2") Disponer que las provincias de La Pampa y Mendoza deberán elaborar un plan que permita superar las diferencias entre ambas provincias vinculadas con la recomposición del ecosistema del noroeste de la Provincia de La Pampa de acuerdo y en conjunto con el Estado Nacional en los términos del considerando 13. La presentación del plan deberá ser sometido a la aprobación de este Tribunal en el plazo de ciento veinte (120) días. Notifíquese.


CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Parte actora: Provincia de La Pampa, representada por su Gobernador, C.PN. Oscar Mario Jorge, con el patrocinio letrado del señor Fiscal de Estado, doctor José Alejandro Vanini, y de los doctores Gregorio Badeni, Carlos J. Laplacette, Dora Rocío Laplacette y Jerónimo Lau Alberdi.

Parte demandada: Provincia de Mendoza, representada por su Gobernador, Lic. Alfredo Cornejo, por el señor Fiscal de Estado, doctor Fernando Mario Simón, por el señor asesor de gobierno, doctor César A. Mosso Giannini, y por su apoderado, doctor Juan María Díaz Madero.

Terceros: Estado Nacional, representado por sus apoderadas, doctoras Melina Claudia Ferrero y Jimena Diez, con el patrocinio letrado de los doctores Analía Eva Vaqueiro y Javier Suárez Benito.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1752 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1752

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