DISIDENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I.
HIGHTON DE NorLAsco Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.
ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco.
Recurso de queja interpuesto por el actor, Ricardo Luis Tubet, por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. Juan Carlos Szeles.
Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 20.
A., C. J. s/ HOMICIDIO EN OCASIÓN DE ROBO, PORTACIÓN ILEGAL DE ARMA
DE FUEGO DE USO CIVIL $/ JUICIO $/ CASACIÓN
CUESTION FEDERAL
Existe cuestión federal si se debate el alcance otorgado al derecho del imputado a recurrir la sentencia condenatoria consagrada por el art. 8, inc. 2", ap. h, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 14, inc. 5, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y se encuentra en discusión el alcance de la Convención sobre los Derechos del Niño como pauta interpretativa del régimen legal de aplicación de penas a menores (arts. 3" y 37 inc. b) y la decisión del a quo fue contraria ala pretensión de la apelante.
Compartir
93Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1450
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1450¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 340 Volumen: 2 en el número: 480 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
