Recurso de queja interpuesto por la querella, Cleremita Mabel Sánchez, asistida por el Dr. Alfredo Mario Pérez Galimberti, Defensor General Alterno de la Provincia del Chubut.
Tribunal de origen: Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut.
Tribunal que intervino con anterioridad: Tribunal Colegiado de la Circunscripción Judicial de Puerto Madryn.
UTILDUCTO S.A. c/ EN - AFIP - DGI s/ AMPARO LEY 16.986
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
La intervención del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal como adhesión a los recursos planteados por un letrado de la matrícula se halla limitada a la hipótesis en que hubiera sido afectado el libre ejercicio de la profesión de abogado o su dignidad en los términos de los arts. 20, inc. c, y 21, inc. j, de la ley de colegiación.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de agosto de 2017.
Autos y Vistos; Considerando:
Que el planteo de reposición formulado a fs. 49/52 vta. resulta improcedente, pues las decisiones de esta Corte en los recursos de queja por apelación denegada no son, como principio, susceptibles de recurso alguno (Fallos: 316:1706 , entre muchos otros), sin que en el caso se presente un supuesto, estrictamente excepcional, que justifique apartarse de tal doctrina.
Que en cuanto a la presentación de fs. 55/62 cabe señalar que, con arreglo a la doctrina de esta Corte, la intervención del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal como adhesión a los recursos planteados por un letrado de la matrícula se halla limitada a la hipótesis en que hubiera sido afectado el libre ejercicio de la profesión de abogado
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1110
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