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Fallos: 34:30 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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a FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Y q CAUSA LXXXI E El Fisco nacional contra los Sres. Johnston y €"; por infraccion de las Ordenanzas de Aduana Sumario. — 1" Puesta la carga en tierra ó en lanchas, so considera hecha la descarga del vapor y aunque este tenga patente de paquete, no está en tiempo para rectificar el manifiesto del buque.

2" Las mercaderías no comprendidas en dicho manifiesto y encontradas á bordo ucspues de la descarga, caen en comiso, debiendo pagar el capitan otro tanto de la multa impuesta.

Caso.— Hechala descarga del vapor /lanmoor, entrado el 5 de Febrero de 1887, entregándose los últimos once bultos á la lancha Dos hermanas, en 15 de Febrero, el 23 del mismo, en la visita prevista por el artículo 87 de las Ordenanzas de Aduana, se encontraron ú bordo catorce bultos de los Sres. Johnston y C°, respecto de los cuales se hizo la correspondiente denuncia.

Los Sres, Johnston dijerunquelos catorce bultos estaban declarados en el manifiesto general del vapor, de tránsito para Montevideo, y en 24 de Febrero se había pedido se adicionaran, pu

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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-34/pagina-30

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