Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 4 de 18883.
Vistos: Considerando que si bien la patente presentada por los demandantes establece la presuncion legal á su favor, de la novedad del invento, los demandados han probado suficientemente que ese invento era conocido por folletos y publicaciones de los fabricantes extranjeros, y estaba en esplotacion con anterioridad ú la patente. Por esto, y sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja doscientos veinte y siete; y devuélvanse prévia reposicion de sellos.
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO
IBARGÚREN, — C. S. DE LA
TORRE. — SALUSTIANO J. 24
VALIA.
y, 1
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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:161
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