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Fallos: 34:12 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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— eonsiguatarios, que tienen un sentido jurídico bien definidos, | es visto que se refieren al derecho civil y comercial á que pertenecea estas espresiones, siendo sus disposiciones las que deben definir, quién es el dueño, y quién el consignatario, cuya firma se exije como condicion indispensable.

3" Que reconociéndose por la Aduana que el manifiesto en cuestion está firmado por D. Pedro Gimenez en representacion de los Sres, Hueyo y Villar y que aquel no estaba munido de poder en forma, ni era endosatario de los conocimientos concebidos á nombre de estos últimos, es evidente que no ha podido darse curso á una solicitud que no venía en la forma prescrita por la ley de Aduana, ni tomarse en cuenta la manifestacion en ella contenida, 4" Que el hecho de haberse despachado antes otras solicitudes, que venían en esta misma forma y recibídose la mercadería sin observacion por los Sres. MHueyo y Villar, ennada altera la situacion de las cosas en el presente caso, pues en los anteriores, la ratilicacion posterior dada por los verdaderos dueños 6 consignatarios, da validez álo practicado en su nombre, segun la disposicion del artículo 2304, Código Civil, lo que no ha sucedido én el presente caso, en que se ha protestado contra lo hecho, 5" Que ya sea que se considere á Gimenez como dependiente 6 nodelacasa de Hueyo y Villar, los principios que rigen esta cuestion determinarían su resolucion en el mismo sentido, pues segun las prácticas de comercio, no entra nunca entre las funciones de un dependiente, firmar los documentos de la casa, á nombre y representacion de ella, ú menos de estar provisto de un poder en forma para el efecto ; y 5" Que la disposicion del artículo 1027 de las O:denanzas, invocado por la acusacion, no es aplicable en este caso, pues la responsabilidad atribuida por él á 1os comerciantes, fabricantes consignatarios, capitanes, lancheros, dueños de carros, y demás

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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-34/pagina-12

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