precisamente lo que le fue sacado o quitado. El intercambio de violaciones de derechos humanos por dinero, además, entraña un conflicto con el carácter inalienable de aquéllos, aun cuando no puede ser descartado en casos en los que la pérdida ha ocurrido y es irreparable Fallos: 333:2306 ).
V-
Por las razones expuestas, opino que corresponde declarar parcialmente procedente a la queja, rechazar el recurso extraordinario y confirmar la sentencia recurrida. Buenos Aires, 27 de mayo de 2015.
Irma Adriana García Netto.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de junio de 2016. 
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Orellano, Francisco Daniel c/ Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ juicio sumarísimo", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1 Que se desprende de las constancias de esta causa que la empresa postal demandada despidió al actor imputándole haber participado en la convocatoria y realización de medidas de fuerza que, a criterio de la empleadora, debían considerarse ilegítimas porque no contaron con el aval de los sindicatos que representaban al personal.
En la comunicación del despido la compañía aclaró que esas medidas consistieron en la celebración, en un lapso de dos semanas, de sucesivas "reuniones...en el lugar de trabajo y durante la jornada habitual" que afectaron gravemente el desarrollo normal de la labor en su centro operativo de Monte Grande, lo cual se tradujo "en demora, retardo y retención en las imposiciones postales de todo tipo confiadas por nuestros clientes"; y también indicó que con ello llegó a comprometerse la entrega de aproximadamente 6.000.000 de piezas (cfr. fs.
6/7 y 44/45 de los autos principales, a cuya foliatura se aludirá en este considerando y en los dos sucesivos).
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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:767 
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