Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social n° 9.
SPIROPULOS, JUAN MARIO c/ CLUB VÉLEZ SARSFIELD y
OTRO s/ CoBRO DE SUMAS DE DINERO
RECURSO DE QUEJA
El art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 es bien claro en cuanto a que el escrito no debe exceder de diez "páginas" y no hojas.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.
Autos y Vistos; Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento del Tribunal que desestimó el recurso de queja por no haber cumplido con uno de los recaudos previstos por el art. 49 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, el apelante dedujo recurso de reposición a fs. 47.
27) Que los planteos del peticionario son inadmisibles, a poco que se advierta que el hecho de que se haya intimado el pago parcial del depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (conf. fs. 43), no obsta a que el Tribunal evalúe —una vez cumplido el referido pago— el cumplimiento de los recaudos exigidos por la acordada 4/2007.
3) Que, por lo demás, los planteos del recurrente atinentes a que el recurso de queja tenía la cantidad de hojas adecuadas son inadmisibles, en razón de que el art. 4" del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 es bien claro en cuanto a que el escrito no debe exceder de diez "páginas" y no hojas, como parece entender el presentante (conf. causa CSJ 675/2008 (44-A)/CS1 "Andino, Adrián c/
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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1811
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