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Fallos: 338:915 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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que circula en esa jurisdicción local (fs. 10/14). Ello motivó la interposición de la presente acción por parte de Patricia Verónica Gómez y Marta Hernández de Villareal, en su carácter de presidenta y de secretaria de la comisión de esa biblioteca, por los daños y perjuicios que le habrían causado esas publicaciones (fs. 23/30 vta).

En el año 1997 la biblioteca popular de Ramallo fue autorizada a instalar una sala de bingo en esa ciudad, de conformidad con la ley provincial 11.018, cuyos ingresos debían ser destinados a entidades de bien público, entre ellas, la biblioteca en cuestión (cf. ordenanza municipal 1505/97 del 28 de octubre de 1997, fs. 45/68).

En el artículo titulado "Hipocresía" publicado en el mes de febrero de 2006, el señor Latrille afirmó que esa biblioteca había recibido una gran cantidad de dinero para su funcionamiento, pero que faltaba que el ingreso de fondos se viera reflejado en la institución (fs. 14). La nota culminaba con la siguiente frase: "[s]i uno recibiera ese dinero, tranquilamente crearía una editorial. Sí señor, una editorial que tranquilamente se podría llamar "Editorial Villa Real". A lo mejor de esta manera uno estaría convirtiéndose en un verdadero hipócrita".

En el mes de abril, el demandado publicó otra nota titulada "Se volaron. ¿Dónde están?", donde expuso que en los años 2004 y 2005 la biblioteca José Manuel Estrada recibió de Bingo Ramallo S.A. la suma de $ 307.723 y que el bloque justicialista del Concejo Deliberante solicitó al Poder Ejecutivo municipal que se informe sobre el uso de los fondos. Luego incluyó una entrevista al concejal Ricardo Belos fs. 10 y 12).

Finalmente, en el mes de junio, el señor Latrille volvió a publicar una editorial en la que instó a que se siga investigando el destino de los fondos. En ese marco, aseveró: "Perdón por la insistencia, pero a lo mejor hacen que me irrite, cuando intentan coartar la libertad de expresión. Sólo espero que les alcance con el carbón, porque algún día la justicia puede llegar para al lado donde tienen que ir y, aquellos que se burlaron y viajaron por Egipto como quien viaja de Ramallo a Villa, tendrán que dar explicaciones. Por momentos me imagino un camión de carbón, una quema de plata -libros, libros- plata, una vieja viajando y que en la timba gasta la plata ajena. Demasiado para una tapa. Todo tiene un limite, el suyo es que ahora la repartan" (fs. 13).

Tampoco se encuentra discutido en esta instancia que el 21 de febrero de 2006, los concejales del Partido Justicialista dirigieron una nota al intendente de Ramallo a fin de que la biblioteca corrobore la fecha y el monto de los pagos efectuados por Bingo Ramallo S.A. a

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:915 
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