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Fallos: 338:608 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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irreversiblemente se verificaría si la intervención judicial no se llevara a cabo en esta oportunidad (Fallos: 300:75 ; 317:365 ).

6") Que ello es así con referencia al cuestionamiento de la razonabilidad de la extensión del procedimiento durante un plazo que a la fecha lleva quince (15) años, y respecto del cual puede representarse una proyección temporal significativa, si se toma en consideración que ni siquiera se ha ingresado aún en la etapa probatoria del juicio, que torna decisivo ponderar ciertos estándares y reglas fijados por la sentencia dictada recientemente por el Tribunal en el caso "Losicer" Fallos: 335:1126 ), con expansión para todo proceso en que se ventilen responsabilidades disciplinarias, y por la jurisprudencia sentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en oportunidad de examinar ciertas cláusulas sentadas en tratados internacionales sobre la materia que allí se alude.

79) Que, por otro lado, el Dr. Meynet —designado juez desde hace más de una década por el Consejo de la Magistratura rionegrino— viene sosteniendo que está siendo enjuiciado por ese mismo Consejo pero según la especial composición prevista para juzgar a los fiscales, con lo cual carecería con esa integración de competencia para destituirlo del cargo de juez que ostenta, condición que exige la diferente composición prevista en el ordenamiento local para juzgar exclusivamente la responsabilidad de los magistrados judiciales. Defecto cuya gravedad se ahonda, si se considera que esa intervención de un órgano incompetente ha llevado a que la acusación está siendo formulada, también, por una autoridad a la cual no le corresponde efectuar la requisitoria cuando se trata del enjuiciamiento de un magistrado, sino únicamente cuando se enjuicia a un fiscal, cargo que no desempeña el acusado desde hace 12 años.

8" Que la trascendencia de preservar la intervención en enjuiciamientos públicos del tribunal competente para juzgar y remover a los magistrados acusados, ha sido subrayada por esta Corte en un pronunciamiento reciente. En efecto, frente al planteo de un magistrado judicial que pretendía ser enjuiciado por el órgano al que hubiese correspondido conocer según la anterior condición de fiscal del acusado, el Tribunal rechazó dicha declinatoria sosteniendo que tal situación importaría "una ofensa inmediata a la garantía del juez natural que reconoce a todos los habitantes de la Nación —desde 1853— el art. 18 de la Constitución Nacional; y desde 1994, el art.

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:608 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-338/pagina-608

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