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Fallos: 338:1284 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de noviembre de 2015.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Comunidad Mapuche "Las Huaytekas" en la causa Martínez Pérez, José Luis c/ Palma, Américo y otros s/ medida cautelar s/ casación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de la recurrente encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora General, que el Tribunal comparte y hace suyos por razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, y con el alcance indicado, se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Con costas.

Notifíquese y devuélvase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA 1. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOS MAQUEDA.
Recurso de queja interpuesto por la Comunidad Mapuche Las Huaytekas, representada por el Dr. Fernando Kosovsky.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro.

PATTI, LUIS ABELARDO y Otro s/ Causa N" 12.320

RECURSO EXTRAORDINARIO
Debe prosperar el recurso extraordinario si en su pronunciamiento, el tribunal sostiene que los imputados ya fueron juzgados

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1284 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-338/pagina-1284

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