y condenados por el mismo hecho, afirmación que no encuentra sustento en las constancias de la causa y que impide calificarlo como acto jurisdiccional válido, circunstancia que redunda en menoscabo de la garantía del debido proceso, que ampara a todas las partes por igual.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
NE BIS INIDEM
Se configura una cuestión federal suficiente si el recurrente funda su planteo en el alcance e inteligencia que debe otorgarse a la garantía del ne bis in ídem receptada expresamente en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 8.4) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 14.7), al haber decidido el a quo en contra aquél planteo.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
NE BIS INIDEM
No se observa afectación a la garantía constitucional del DE bis in ídem si debido a una decisión del juez de instrucción -convalidada por la cámara de apelaciones- se desdobló el proceso por motivos de celeridad y dispuso la remisión a juicio sólo por los hechos constitutivos de privación ilegítima de la libertad y tormentos por lo que el tribunal oral en lo criminal federal no pudo expedirse respecto de la participación que los imputados habrían tenido en el homicidio y la tentativa de homicidio en la medida en que no fueron acusados y en consecuencia, tampoco fueron juzgados acerca de tales hechos.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
1 La Sala Il de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por inoficioso el recurso de su especialidad interpuesto por el señor
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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1285
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